miércoles, 27 de abril de 2016


Mecanismos de participación 
El artículo 2º de la Constitución Nacional consagra como fin fundamental del Estado el principio de la participación. De acuerdo con este artículo, al Estado le corresponde "facilitar la participación de todos los colombianos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación".
  • El Voto: Es el acto mediante el cual un ciudadano participa de manera activa en la elección de las personas que quieren que las representen o en la adopción de una decisión, pronunciándose en uno y otro sentido.
  • El Plebiscito: Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República para apoyar o rechazar una determinada decisión del ejecutivo. El más famoso plebiscito en la historia reciente fue el que abrió las puertas al Frente Nacional.
  • El Referendo: Es la convocatoria que se le hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, o derogue o no una norma ya vigente. El referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.
  • La Consulta Popular: Es la institución mediante la cual una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local es sometida por el Presidente de la República, el Gobernador o el Alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto. En todos los casos, la decisión del pueblo es obligatoria.
  • El Cabildo Abierto: Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales y de las juntas administradoras locales (JAL), para que los habitantes puedan participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
  • La Iniciativa Popular: Es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de ley y de acto legislativo (que pretende reformar la constitución) ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de resolución ante las Juntas Administradores Locales (JAL), y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente.
  • La Revocatoria del Mandato: Es un derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un Gobernador o a un Alcalde.

jueves, 7 de abril de 2016

Organización del estado.

Colombia es una democracia en la que los ciudadanos les dan poder a los gobernantes mediante el voto para que los representen y tomen las decisiones referentes al país. Los colombianos pueden elegir a sus representantes cuando son mayores de dieciocho años y posean cédula de ciudadanía. En Colombia el sufragio no es obligatorio, su sistema electoral es sufragio voluntario. El voto obligatorio es permitido en la mayoría de países de América Latina. La abstención en Colombia es una de las más altas de América. Para el 2014 Transparencia Internacional en su informe Índice de Percepción de Corrupción del sector público ubico a Colombia en el puesto 94 de 175 naciones.

Ramas del poder público
Rama legislativa: se encarga de crear las leyes, también posee el atributo de modificar las ya existentes. Está representada por el Congreso de la República.
Rama ejecutiva: tiene a su cargo hacer cumplir la Constitución y las leyes. Sus representantes son el presidente, el vicepresidente, los ministros, los gobernantes, los alcaldes y los jefes de los departamentos administrativos.
Rama judicial: se encarga de administrar la justicia y resolver los conflictos de la población colombiana, o entre estos y el Estado. Sus representantes son la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, los tribunales y los jueces.
Constitución Política

La Constitución Política es nuestra máxima ley.Como ella misma lo dice es la norma de normas.En otras palabras, es un conjunto de reglas que establece la forma en que debemos comportarnos todos los que vivimos en Colombia para que exista bienestar y podamos vivir en paz. 
Estas normas establecen los derechos y garantías que tenemos los colombianos para poder construir un país mejor.Como ejemplos de esos derechos están algunos muy importantes para los niños: el derecho a la vida, la salud, la educación, la cultura, el cuidado, el amor, entre muchos otros más.
Ahora bien, tenemos que decir que de la misma forma como la Constitución brinda estos derechos, también establece ciertos deberes y obligaciones que debemos cumplir.Algunas de esas obligaciones son por ejemplo: respetar los derechos ajenos, participar en la vida política del país, proteger los recursos naturales y culturales, colaborar con la justicia y por supuesto ayudar con el mantenimiento de la paz.
La Constitución Política además de los derechos y deberes establece la organización del Estado, cuántas y cuáles son las ramas del poder público y qué tareas hace cada una de ellas para poder cumplir con sus fines.



¿Que contiene la constitución política?

Normas dogmáticas. Son presupuestos normativos que se expresan en un con- junto de derechos y garantías ya sean individuales o colectivas. La parte dogma- tica se llama tambien Bill of Rights, ‘Declaración De Derechos’ o 'Los Derechos de la Vida'.
Los derechos son las facultades que tienen las personas y colectividades dentro del Estado y que éste les reconoce y no puede transgredirlos.
Las garantías son los instrumentos legales mediante los cuales se ponen en ejer- cicio los derechos, cuando éstos han sido desconocidos o atropellados por quie- nes tienen en sus manos el poder público o el poder privado.
Las Constituciones liberales se han caracterizado por el reconocimiento de los derechos individuales en su parte dogmática. Esta tendencia ha sido lógica y consecuente con la época de su formación. El liberalismo es individualista que ha considerado que el individuo es el eje de la sociedad, debiendo el Estado respe- tar los derechos individuales, por cuanto éstos son naturales, es decir, una crea- ción y un mandato de la naturaleza, aún antes de la existencia del individuo humano sobre la tierra.